Abogado especializado en contrabando de efectivo a nivel nacional | Abogado defensor para el formulario 105 de la FinCEN

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Abogado especializado en contrabando de efectivo a nivel nacional

Los funcionarios de aduana te detuvieron en la puerta y te quitaron todos los dólares que llevabas.

No puedes tocar tu propio dinero.

Siguen llegando cartas oficiales con plazos que no entiendes del todo.

Temes que esto termine con la pérdida definitiva de tu dinero o con que tu nombre aparezca vinculado a un caso federal.

Cuando las cosas salen mal, nuestro abogado especializado en contrabando de efectivo a nivel nacional está listo para ayudarte. 

Jeffrey S. Weiner, P.A. está autorizado para ejercer ante siete tribunales federales de apelación de circuito y ante la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, y nuestros abogados especializados en decomiso federal lograron anular una orden definitiva de decomiso por varios millones de dólares dictada en contra de nuestros clientes en un tribunal federal de distrito. Los clientes que acudieron a nosotros convencidos de que habían perdido su dinero lo han recuperado, sin que se les haya impuesto ninguna condena.

Contáctanos hoy mismo y cuéntanos qué pasó en el aeropuerto. Podemos ayudarte a entender qué es lo que el gobierno tiene que demostrar y qué se necesitaría para que te devuelvan tu dinero.

Los resultados anteriores no garantizan que se obtengan resultados similares. 

De qué nos ocupamos

Defendemos a clientes en todo el país en todas las etapas de un caso federal relacionado con la declaración de efectivo, desde el momento en que el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) lo detiene en la aduana hasta una acusación federal años más tarde. Ya sea que le hayan incautado el efectivo la semana pasada o que ya se enfrente a cargos federales, nuestra práctica en materia de contrabando de efectivo a nivel federal abarca:

  • Cargos por contrabando de grandes cantidades de efectivo en virtud del artículo 5332 del título 31 del Código de los Estados Unidos (31 U.S.C. § 5332)
  • Decomiso civil y penal de divisas incautadas en aeropuertos, puertos marítimos y fronteras terrestres
  • Incumplimiento de la obligación de presentar el Formulario 105 de la FinCEN, el Informe sobre el transporte internacional de efectivo o instrumentos monetarios
  • Solicitudes de exención y reducción presentadas directamente ante la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza
  • Procedimientos judiciales de decomiso una vez que la incautación se remite al fiscal federal
  • Estructuración de los cargos vinculados a depósitos o retiros, desglosados para evitar el umbral de reporte de $10,000
  • Investigaciones de un gran jurado federal sobre el contrabando de divisas y las acusaciones relacionadas con el lavado de dinero

Sea cual sea la etapa en la que se encuentre tu caso, desde una notificación de incautación que está sobre la mesa de tu cocina hasta una acusación formal en la que se te nombre como acusado, nuestro abogado especializado en defensa de casos de contrabando de dinero a nivel nacional interviene de inmediato y comienza a trabajar para que recuperes tu dinero y tu historial penal.

Antes de que digas algo más, Contáctanos

Nuestros abogados han llevado casos ante los tribunales de más de 25 estados y han presentado argumentos ante la Corte Suprema de Florida y la Corte Suprema de los Estados Unidos. Sea cual sea la situación actual de tu caso, es muy probable que ya hayamos estado ahí antes, con la libertad de un cliente en juego.

La ley detrás de un caso de contrabando de dinero en efectivo

Hay dos leyes federales que rigen casi todos los casos de contrabando de dinero en efectivo. 31 U.S.C. § 5316 exige que cualquier persona que transporte más de $10,000 en efectivo o instrumentos monetarios al entrar o salir de los Estados Unidos lo declare en Formulario 105 de la FinCEN, comúnmente conocido como CMIR. Si no presentas ese documento, aunque sea por accidente, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza puede confiscar cada dólar en el acto.

31 U.S.C. § 5332 va más allá. Si el gobierno puede demostrar que ocultaste el dinero en efectivo específicamente para eludir ese requisito de declaración, te enfrentas a cargos por contrabando de grandes cantidades de efectivo que conllevan hasta 5 años de prisión federal, además del decomiso de la totalidad de la suma involucrada y de cualquier bien relacionado con ella, no solo del efectivo en sí. Ninguna de las dos leyes exige que se demuestre que el dinero proviene de un delito. Ambas se basan en lo que hiciste en la frontera, no en el origen del dinero.

Esto refleja la ley federal vigente a partir de julio de 2026.

Comprender los riesgos: decomiso civil y sanciones penales

El gobierno no necesita condenarte por nada para quedarse con tu dinero. El decomiso civil permite que el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) retenga tu dinero en efectivo de forma permanente si no cumples con un plazo de presentación o no puedes documentar su procedencia con la rapidez suficiente. Y si guardas silencio durante 30 días después de recibir una notificación de incautación, la CBP interpreta ese silencio como un abandono y procede a decomisar los fondos de manera definitiva.

Si los fiscales federales presentan cargos penales en virtud de la ley sobre contrabando de grandes cantidades de efectivo, 31 U.S.C. § 5332, te enfrentas a hasta 5 años de prisión federal y al decomiso de cada dólar relacionado con el delito, no solo del efectivo que llevabas en tu maleta. Además, una incautación puede afectarte mucho tiempo después de que se cierre el caso, a través de registros de viaje marcados, cuentas comerciales congeladas y preguntas de los funcionarios de inmigración que vean una infracción de divisas en tu expediente.

El proceso: cómo te ayuda nuestro abogado especializado en contrabando de efectivo

1. A los pocos días de aceptar tu caso, obtenemos la notificación de incautación de la CBP, el recibo de bienes y cualquier Formulario 105 de la FinCEN que obre en expediente, para saber exactamente qué incautó el gobierno y por qué.

2. Armamos el expediente documental que la CBP y el Departamento de Justicia exigirán, recopilando registros bancarios, libros contables, cartas de donación y documentos de venta que demuestren el origen legítimo de tu dinero.

3. Decidimos si presentar una solicitud administrativa de remisión o esperar a que se dicte una orden judicial de decomiso, una decisión basada en más de 50 años de experiencia defendiendo casos federales en tribunales de todo el país, incluso ante la Corte Suprema de los Estados Unidos.

4. Si su caso se remite a un fiscal federal para su enjuiciamiento o para un decomiso judicial, presentamos su reclamación y respondemos dentro del plazo que establece la ley, y comenzamos a preparar su defensa antes de que el gobierno presente siquiera una moción.

5. Negociamos directamente con el fiscal federal adjunto asignado a tu caso, con el objetivo de recuperar tus fondos, lograr que se desestime el cargo o alcanzar una solución que te evite ir a la cárcel federal.

Resultados reales de casos federales

Nuestros abogados defensores federales han logrado anular una orden definitiva de decomiso por varios millones de dólares, han evitado por completo que nuestros clientes terminaran en prisión en casos financieros federales de varios millones de dólares y han convencido a los fiscales federales de que cierren una investigación del gran jurado sin llegar a presentar cargos. También hemos logrado que se revoque una sentencia de prisión federal en apelación, un resultado que la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos concede muy raramente.

ResultadoTipo de caso
Se anula la orden de decomisoVarios millones de dólares, Tribunal de Distrito de EE. UU.
Libertad condicional, sin tiempo de prisiónTransmisión de dinero sin licencia: un caso federal de varios millones de dólares
No se presentó acusación formalInvestigación de un gran jurado federal, Departamento de Justicia
Sentencia anulada y remitida para un nuevo juicioAplicación incorrecta de las Directrices Federales de Sentencias, Corte de Apelaciones de los Estados Unidos

Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Cada caso depende de sus propias circunstancias.

Alcance federal, raíces en Miami: esto es lo que distingue a nuestro abogado especializado en la defensa del formulario 105 de la FinCEN

Jeffrey S. Weiner, P.A. tiene su sede en Miami, donde se encuentra el Aeropuerto Internacional de Miami —un puerto de gran volumen para las incautaciones de divisas por parte de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza— y a poca distancia en auto del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida. Jeff Weiner ha ejercido en tribunales federales desde 1974; está habilitado para ejercer ante el Distrito Sur de Florida, siete tribunales federales de apelación de circuito y la Suprema Corte de los Estados Unidos, donde defendió personalmente un caso histórico relacionado con la Cuarta Enmienda, Florida contra Jimeno.

Ese alcance significa que nos ocupamos de casos de contrabando de efectivo y del Formulario 105 de la FinCEN de clientes a quienes se les ha incautado dinero en aeropuertos de todo el país, no solo en Miami. Ya sea que te hayan retenido el efectivo en el MIA, el JFK, el LAX o en un paso fronterizo terrestre, el proceso federal de incautación se lleva a cabo de la misma manera, sin importar en qué puerto te hayan detenido, y armamos tu caso con nuestra experiencia en tribunales federales de todo el país.

Lo que debes saber si no eres ciudadano estadounidense

Muchos de los casos de incautación de efectivo que manejamos involucran a viajeros que no son ciudadanos de EE. UU., empresarios que trasladan los ahorros familiares entre países o titulares de la tarjeta verde que visitan a familiares en el extranjero. Una infracción de las normas monetarias tiene consecuencias más graves si no eres ciudadano, ya que un caso federal de contrabando de efectivo puede afectar una solicitud de inmigración, una renovación de la tarjeta de residencia o una entrevista de naturalización años más tarde, incluso después de que la incautación en sí se haya resuelto administrativamente.

Hemos representado a clientes de América Latina, Europa, el Medio Oriente y Asia en casos que comenzaron con una detención en un puerto de entrada de EE. UU., y nos coordinamos directamente con abogados especializados en inmigración cuando un caso involucra tanto un decomiso como un asunto migratorio pendiente. Si viaja con visa, tarjeta de residencia o sin ser ciudadano de EE. UU. y le han incautado su dinero en efectivo, infórmenos de ello desde el principio para que podamos proteger tanto su dinero como su estatus migratorio desde el primer día.

Tu equipo de defensa penal en Miami, Florida

Más de 50 años al servicio de clientes en defensa penal

Preguntas frecuentes

¿Necesito un abogado ahora mismo si la Aduana me confiscó mi dinero en efectivo?

Deberías considerarlo seriamente. Por lo general, tienes 30 días a partir de la fecha en que la CBP envía por correo su aviso de incautación para presentar una petición o elegir el procedimiento, y la CBP considera que la falta de respuesta después de ese plazo equivale a renunciar a tu propio dinero. Cuanto antes veamos el aviso, más opciones tendrás.

¿Qué es el formulario 105 de la FinCEN y debía haberlo presentado?

El formulario 105 de la FinCEN, también conocido como CMIR, es obligatorio siempre que se introduzca o se saque de los Estados Unidos más de $10,000 en efectivo o instrumentos monetarios. Se aplica tanto a los viajeros estadounidenses como a los extranjeros, y el límite incluye el efectivo repartido entre los miembros de una familia que viajen juntos.

¿Puede la CBP quedarse con mi dinero si nunca se me imputaron cargos penales?

Sí. El decomiso civil permite al gobierno quedarse con el dinero incautado sin necesidad de una condena penal, y en muchos casos de contrabando de efectivo nunca se presentan cargos. Es precisamente por eso que es importante impugnar el decomiso civil en sus propios términos, independientemente de si interviene o no un fiscal.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la notificación de incautación de la CBP?

Puedes presentar una solicitud de remisión para pedirle a la CBP que te devuelva el dinero por vía administrativa, o presentar una demanda que obligue al gobierno a demostrar su caso ante un tribunal federal. La opción más adecuada dependerá de cuán sólidas sean las pruebas de la CBP y de qué tan rápido puedas documentar el origen del dinero en efectivo.

¿El contrabando de grandes cantidades de efectivo es un delito estatal o federal?

Se trata de un cargo federal en virtud del artículo 5332 del Título 31 del Código de los Estados Unidos (31 U.S.C. § 5332), procesado por la Fiscalía Federal de los Estados Unidos, no por un fiscal estatal. Eso significa que tu caso se tramita en un tribunal federal, conforme a las normas federales de imposición de penas, desde el día en que se presenta la demanda.

¿Me pueden confiscar mi dinero en efectivo aunque lo haya ganado legalmente?

Sí, si no lo declaraste o si el gobierno considera que lo ocultaste para evitar declararlo. La ley de decomiso no exige que el dinero esté relacionado con ningún otro delito, por lo que documentar una fuente lícita es fundamental para recuperarlo.

¿Se ocupan de casos en los que el dinero en efectivo fue incautado fuera de Florida?

Sí. Representamos a clientes a quienes se les incautó dinero en efectivo en aeropuertos y cruces fronterizos de todo el país, no solo en el Aeropuerto Internacional de Miami, y la ley federal sobre declaración de efectivo se aplica de la misma manera, independientemente del puerto en el que te hayan detenido.

¿Cuánto cuesta impugnar un caso federal de decomiso de dinero en efectivo?

El costo depende de si tu caso se mantiene en el proceso de petición administrativa o pasa a un litigio ante un tribunal federal. Te explicamos detalladamente el costo realista de cada opción durante tu primera conversación con nosotros, para que sepas en qué te estás metiendo antes de tomar una decisión.

¿Cuál es la diferencia entre el decomiso civil y el decomiso penal de mi dinero en efectivo?

El decomiso civil se dirige directamente contra el dinero y no requiere que se te acuse de un delito, mientras que el decomiso penal es una sanción impuesta tras una condena en virtud de una ley como la sección 5332 del título 31 del Código de los Estados Unidos (31 U.S.C. § 5332). Muchos casos de contrabando de efectivo implican únicamente el decomiso civil, sin que se presente jamás ningún cargo penal contra el viajero.

Contáctanos antes de que se venza el plazo

No tienes que lidiar por tu cuenta con una notificación de incautación de la CBP o un cargo federal por contrabando de dinero en efectivo. Jeffrey S. Weiner, P.A. ha logrado anular una orden federal de decomiso multimillonaria, ha evitado que clientes involucrados en importantes casos financieros federales terminen en la cárcel y ha litigado ante la Suprema Corte de los Estados Unidos. Contáctanos hoy mismo, cuéntanos qué pasó en la frontera y déjanos comenzar a armar el expediente que te permita recuperar tu dinero y limpiar tu nombre.

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