¿Qué se necesita para obtener una orden de registro? No mucho.

Inicio  /  Blog  /  ¿Qué se necesita para obtener una orden de registro? No mucho.
¿Qué se necesita para obtener una orden de registro? No mucho.

Por Jeffrey S. Weiner, P.A.

  | 9 de diciembre de 2020 |  Orden de registro

De acuerdo con la ley de cada estado y de los tribunales federales, se requiere una “causa probable” para que un juez o magistrado pueda firmar debidamente una orden de registro. Sin embargo, la realidad es que casi todos los jueces firman las órdenes de registro después de que los oficiales de policía o los agentes estatales o federales les presentan las declaraciones juradas o las solicitudes de orden. Desafortunadamente, es muy raro que un juez se niegue a firmar una orden de registro.

La causa probable se da cuando existe una probabilidad razonable de que se encuentren pruebas de un delito o de contrabando en el lugar descrito en la orden de registro. Por lo tanto, los requisitos no son estrictos, y es por eso que a los agentes de seguridad les resulta tan fácil obtener las órdenes de registro que desean. Las órdenes de registro no deberían ser “búsquedas a ciegas”, pero a menudo lo son. Y los bienes (casas, oficinas, autos, etc.) suelen ser destruidos por la policía o los agentes que realizan el registro con el pretexto de buscar pruebas o contrabando.

Las órdenes de registro válidas deben indicar el lugar exacto que se va a registrar y los objetos que se van a incautar.

Las órdenes de registro se rigen por la Cuarta Enmienda, así como por las leyes y constituciones estatales cuando son emitidas por jueces estatales.

Si has sido objeto de un registro, llámanos de inmediato para que podamos representarte adecuadamente. Ganar una moción para excluir las pruebas obtenidas en un registro ilegal puede marcar la diferencia en el resultado del caso en tu contra.

Visítanos en: https://www.jeffweiner.com/miami-arrest-warrant-lawyer/search-warrants/ y https://www.youtube.com/watch?v=ohKw1OQVV-c

Programa una
Consulta gratuita ahora

Puede llamar a nuestra oficina las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Siempre estamos listos para atenderlo, ya sea que
mediante una consulta telefónica, una reunión en nuestra oficina o una visita, si se encuentra en prisión. Todas las comunicaciones
son confidenciales y están protegidas por el secreto profesional entre abogado y cliente.

Contáctanos ahora

Solicita una consulta confidencial Revisión del caso

“*“ Indica que es un campo obligatorio

"*" indica los campos obligatorios

Este campo se utiliza con fines de validación y no debe modificarse.
*

Ubicación

Two Datran Center, Suite 1910
9130 Boulevard Dadeland Sur
Miami, FL 33156

Contacto

Derechos de autor © 2026 Jeffrey S. Weiner, P.A. Todos los derechos reservados. Aviso legal | Mapa del sitio | Política de privacidad.

*Las imágenes se obtienen bajo licencia de Canva y otros proveedores externos de imágenes de archivo, y se incluye la atribución cuando es necesario.

Marketing digital por: Logotipo de Rizeup Media

en_USEN