Los acusados en virtud de la ley federal sobre daños a la propiedad religiosa se enfrentan a graves consecuencias, que pueden incluir multas o penas de prisión. Para asegurarte de que no te condenen por un delito que no cometiste, contacta a un abogado especializado en delitos federales para que te ayude a reducir o incluso a que se desestimen los cargos en tu contra.
Ser acusado de un delito federal
La mayoría de los delitos se procesan a nivel estatal, lo que lleva a muchos residentes de Florida a suponer que esto también se aplica a los casos relacionados con la destrucción de bienes. Si bien esto es cierto para la mayoría de los edificios, los daños a una estructura religiosa se rigen por la ley federal, lo que conlleva consecuencias mucho más graves para los acusados, ya que los delitos federales suelen ser procesados de manera más agresiva, lo que da lugar a sentencias más severas que sus equivalentes estatales. Por ejemplo, quienes sean declarados culpables de dañar una institución religiosa enfrentan hasta un año de prisión; sin embargo, estas penas pueden agravarse si alguien resultó herido durante la comisión del delito.
Elementos de un delito
Según la ley federal, cualquier persona que dañe, deforme o destruya intencionalmente bienes religiosos, o que intente hacerlo, puede ser multada y condenada a un año de prisión. Sin embargo, un acusado solo puede ser condenado por este delito si la fiscalía logra demostrar que el daño se infligió únicamente debido a la naturaleza religiosa de la propiedad y también que el delito afectó el comercio interestatal. Además, los bienes en cuestión deben cumplir con la definición de la ley de “bienes religiosos”, que incluye iglesias, mezquitas, sinagogas, cementerios religiosos u otros bienes de carácter religioso, así como los accesorios y objetos que se encuentren dentro de un lugar de culto.
Posibles sanciones
El incumplimiento de esta ley se considera, por lo general, un delito menor, aunque puede convertirse en un delito grave si la fiscalía logra demostrar que existe alguno de los siguientes factores agravantes:
- Lesiones corporales;
- Uso de un arma peligrosa;
- Secuestro;
- Abuso sexual agravado;
- Muerte;
- Intento de homicidio.
En estos casos, la fiscalía puede solicitar una sentencia de más de un año de prisión. Por ejemplo, si una persona es acusada de usar, intentar usar o amenazar con usar un arma peligrosa durante la comisión del delito, podría ser condenada a 20 años de prisión. Lo mismo ocurre si el acusado utilizó explosivos o fuego para dañar la estructura en cuestión.
Excepciones
Es importante señalar que no se puede procesar a una persona por este delito sin una certificación por escrito del Fiscal General en la que se indique que el proceso no solo es de interés público, sino que también es necesario para garantizar la justicia. Por último, el acusado no puede ser procesado ni sancionado por este delito a menos que se le imputen cargos dentro de los siete años siguientes a la fecha de la presunta infracción.
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Si te han acusado de desfigurar o dañar bienes religiosos, podrías enfrentar cargos federales, por lo que es especialmente importante que te pongas en contacto con un abogado que pueda ayudarte y explicarte tus opciones legales. Llama al abogado especialista en delitos federales de Miami, Jeffrey S. Weiner, PA, al 305-670-9919 Para más información.

